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Términos y Condiciones

Términos y condiciones

1. Al visitar la página web www.codigopbip.com y/o inscribirse en los cursos mediante el registro de matrícula individual o grupal, usted reconoce y acepta estos términos y condiciones. La academia podrá actualizarlos sin previo aviso, por lo que se le recomienda estar verificando su contenido.  El desconocimiento del contenido no lo exime de la responsabilidad.

2. Para todos los cursos en todas las modalidades se requiere el pago previo antes del inicio de los cursos.

3. Una vez iniciada a la capacitación no se hace devolución de dinero.

4. Para los cursos presenciales o por vídeo conferencias en vivo por Internet (ON LINE) se debe cancelar la participación hasta una semana antes del inicio del curso para la devolución del dinero.

5. Los cursos por plataforma virtual deben ser desarrollados en el plazo establecido. Solo será valido hasta una vez el aplazamiento del curso por razones de fuerza mayor (incapacidad médica acreditada por una EPS, cuestiones laborales acreditadas por la gerencia, otras cuestiones serán analizadas por la Dirección General)

6. Los cursos en plataforma virtual son ASINCRONICOS. Una de las mayores ventajas de este tipo de aprendizaje es que le permite al alumno ser independiente ya que le da la oportunidad de organizar su tiempo. Además, están disponibles en todo momento, incluso el alumno puede descargar el contenido y acceder a este aunque no tenga internet. Esto también ayuda a que el alumno pueda regresar a una lección o actividad y repasar si tiene dudas. La única y mayor desventaja de este modelo es que no hay interacción real entre los educadores y sus alumnos, e incluso entre los mismos compañeros, por lo que sí tienen una duda, no será resuelta en ese momento. 

7. Los alumnos que desarrollen los cursos en plataforma virtual deben tener el control de sus actividades académicas y seguir la ruta de aprendizaje. Deberán acceder a los módulos en orden secuencial, acceder a todos los recursos (presentaciones, vídeos, enlaces, material complementario; etc.), desarrollar como se le indica, los foros, tareas, talleres y cuestionarios y completar todas las calificaciones. 

8. La calificación mínima general para aprobar el curso es de 7 sobre 10 y haber completado todas las actividades académicas.

9. Los usuarios de servicios de capacitación por plataforma virtual y vídeo conferencias en vivo por Internet, deberán contar un ancho de banda superior de 10 MegaBytes para prevenir caídas en el servicio.

10. La academia no solicita copias de documentos de identificación, por lo que la información consignada en el registro académico de matrícula es responsabilidad del alumno o empresa que hace el registro. La academia no se hace responsable por información errada en certificados o en el registro del curso ante la autoridad marítima.

11. El plazo establecido para desarrollar el curso por plataforma virtual es de cinco días hábiles para los cursos con una intensidad académica de hasta doce horas académicas y de cuatro semanas para los cursos con una intensidad académica entre veinticuatro y treinta y dos horas académicas. Este plazo será informado por email al alumno al inicio del curso.

Nota. Si se requiere completar el curso antes de este plazo para obtener el certificado, la persona natural o jurídica deberá coordinarlo por escrito con la academia antes del inicio de la capacitación, cumpliendo con la intensidad mínima del curso y asegurando la disponibilidad de tiempo del alumno para su desarrollo (La relación es de ocho horas académicas por día hábil).

12. Los certificados académicos se entregan a la persona (natural o jurídica) veinticuatro horas después de cumplido el plazo establecido al inicio del curso una vez el alumno haya completado todas las actividades académicas y haya aprobado el curso con una calificación mínima de 7/10, previa confirmación del abono del pago.

13. Derechos de Autor. Las presentaciones y cartillas del alumno son autoría de la ACADEMIA MARÍTIMA DE SEGURIDAD INTEGRAL ASI LTDA. Se prohíbe de reproducción total o parcial para fines académicos, comerciales, etc. Son de alumno para su estudio, consulta y archivo personal.

14. Los cursos de la academia están basados en los cursos modelo de la Organización Marítima Internacional y normas internacionales. La academia no se hace responsable por la mala aplicación del contenido por parte de los alumnos. Los cursos brindan el conocimiento básico, pero la práctica profesional deberá ser desarrollada por los alumnos a título personal en un buque, naviera, instalación portuaria o empresa de seguridad bajo la supervisión de un superior responsable con experiencia en los temas vistos en los cursos. 

15. Los certificados se entregan en formato electrónico y su validez podrá ser consultada por cualquier persona con el número del documento de identidad en el siguiente enlace https://proteccionmaritima.com/ 

16. La certificación de los cursos sobre protección marítima por si sola no lo habilita para desempeñar ninguna labor profesional, es tan solo un requisito académico. Debería informarse de los requisitos legales para ocupar el cargo. Si se quiere embarcar como marino debería contactar a la autoridad marítima de su país para que le informen de los requisitos para obtener el Titulo de Navegación en su especialidad y la libreta de embarque. Si el cargo es para oficial de seguridad, oficial de protección, analista de riesgos, etc. debe consultar la normatividad legal de su país. 

17. Sólo se expediran certificados de suficiencia de los cursos modelo OMI (3.19, 3.26 y 3.27) a los nacionales colombianos, extranjeros que tengan una cédula de extranjeria colombiana que tengan un Título de navegación vigente expedido por la Autoridad Marítima Colombiana y las nacionalidades autorizadas por la autoridad marítima de colombia.

El Certificado de Suficiencia es un título, que no sea el título de competencia, expedido a un marino en el cual se estipule que se cumplen los requisitos pertinentes del Convenio respecto a la formación, las competencias y el periodo de embarco. “Capítulo I del convenio de formación, disposiciones generales, Regla I/1 definiciones y aclaraciones, numeral 31, certificado de suficiencia”. STCW/78 Enmendado

Ver DIMAR - Cursos OMI para certificados de suficiencia

Revisado y aprobado. Director General. JAGR. 4.jun.2023


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