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Curso OMI 3.26

Código PBIP, parte B, numeral 13.3.

Formación sobre protección para la gente de mar que tenga asignadas tareas de protección (Security training for seafarers with designated security duties).

OMI 3.26. Código PBIP, parte B, numeral 13.3.

Formación sobre protección para la gente de mar que tenga asignadas tareas de protección (Security training for seafarers with designated security duties).

Nota. Sólo se expediran certificados de suficiencia de los cursos modelo OMI (3.19, 3.26 y 3.27) a los nacionales colombianos, extranjeros que tengan una cédula de extranjeria colombiana que aprueben el curso y tengan un Título de navegación vigente expedido por la Autoridad Marítima Colombiana y los alumnos que aprueben el curso de nacionalidades autorizadas por la autoridad marítima de colombia.

Acerca del curso

Este curso modelo tiene por objeto proporcionar los conocimientos necesarios para que la gente de mar con funciones de protección designadas en relación con un plan de protección del buque (PPB) desempeñe sus funciones de conformidad con los requisitos del capítulo XI-2 de SOLAS 74 enmendado, el Código PBIP parte B numeral 13.3 y la sección A-VI/6 del Código STCW, en su forma enmendada.

Este curso cumple con el Código PBIP, parte B, numeral 13.3.

Programa académico avalado mediante RESOLUCIÓN NÚMERO (0002-2022) MD-DIMAR-SUBMERC-AGEM 4 DE ENERO DE 2022

Las certificaciones de los Cursos OMI avaladas por Colombia tienen validez en todos los gobiernos contratantes del Convenio de formación STCW a nivel internacional según circular de la Organización Marítima Internacional - OMI No MSC.1/ Circ.1163/Rev.9, 15/jun/2015. CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE NORMAS DE FORMACIÓN, TITULACIÓN Y GUARDIA PARA LA GENTE DE MAR (CONVENIO DE FORMACIÓN), 1978, ENMENDADO.

MSC.1/Circ.1164/Rev.27. del 27 de junio de 2023. Difusión información evaluaciones independientes relativas al Convenio STCW.78/Enmendado 2010 (Lista blanca OMI)

 

Objetivo general.

Los alumnos que hayan realizado y finalizado con éxito el presente curso deberá demostrar las competencias del STCW/78, Enmendado Sección A-VI/6 Requisitos mínimos de formación e instrucción en aspectos relacionados con la protección para la gente de mar, para asumir las tareas, obligaciones y responsabilidades de protección del buque que se definen en la sección B/13.3 del Código PBIP.

Objetivos específicos.

Aquellos que completen con éxito el curso deben poder demostrar conocimientos suficientes para realizar las tareas asignadas en el Plan de Protección del Buque. Este conocimiento debe incluir, pero no se limita a:

1. conocimiento de las amenazas a la protección actuales y patrones de amenaza;

2. reconocimiento y detección de armas, sustancias y dispositivos peligrosos;

3. reconocimiento, sobre una base no discriminatoria, de las características y patrones de comportamiento de las personas que puedan amenazar la protección;

4. técnicas utilizadas para eludir las medidas de protección;

5. técnicas de control y gestión de multitudes;

6. comunicaciones relacionadas con la protección;

7. conocimiento de los procedimientos de emergencia y planes de contingencia;

8. operación de equipos y sistemas de protección;

9. ensayo, calibración y mantenimiento en el mar de equipos y sistemas de protección;

10. técnicas de inspección, control y vigilancia; y

11. métodos de registro físico de personas, efectos personales, equipaje, carga y provisiones de buques.

 

Competencias

El alumno deberá demostrar que ha alcanzado las siguientes competencias, con arreglo a los métodos de demostración de la competencia

1. Mantener las condiciones establecidas en el plan de protección del buque,

2. Reconocimiento de los riesgos y amenazas para la protección,

3. Realizar inspecciones periódicas del buque,

4. Utilización adecuada del equipo y los sistemas de protección, si los hay.

 

Contenido del curso (programa académico)

1. Introducción.

1.1 Visión general del curso
1.2 Competencias que se adquirirán
1.3 Las amenazas de protección actuales y los patrones de amenaza
1.4 Operaciones y condiciones de buques y puertos

2. Política de Protección Marítima.

2.1 Familiarización con las convenciones internacionales pertinentes, códigos y recomendaciones
2.2 La familiaridad con la legislación y las regulaciones gubernamentales pertinentes
2.3 Definiciones
2.4 Manejo de la información sensible y las comunicaciones relacionadas con la protección.

3. Responsabilidades de Protección.

3.1 Los Gobiernos Contratantes
3.2 Organizaciones de Protección Reconocidas.
3.3 La compañía
3.4 El buque
3.5 Instalación Portuaria
3.6 Oficial de Protección del Buque
3.7 Oficial de la compañía para la protección marítima
3.8 Oficial de protección de la instalación portuaria
3.9 La gente de mar con funciones de protección
3.10 Personal de la instalación portuaria con funciones de protección
3.11 Otro personal

4. Evaluación de la Protección del buque.

4.1 Herramientas de evaluación
4.2 Inspecciones de seguridad sobre el lugar

5. Equipos de protección.

5.1 Equipos y sistemas de protección
5.2 Limitaciones operacionales de los equipos y sistemas de protección
5.3 Prueba, calibrado y mantenimiento de los equipos y sistemas de protección

6. Identificación de la amenaza, reconocimiento, y respuesta.

6.1 El reconocimiento y detección de armas, sustancias y dispositivos peligrosos.
6.2 Métodos de registros físicos e inspecciones no intrusivas
6.3 Ejecución y coordinación de búsquedas
6.4 Reconocimiento, sobre una base no discriminatoria, de las personas que presentan potencial riesgos para la protección
6.5 Técnicas utilizadas para eludir las medidas de protección
6.6 Técnicas de gestión y control de multitudes

7. Acciones de protección del buque.

7.1 Acciones requeridas por los diferentes niveles de protección
7.2 El mantenimiento de la protección de la interfaz buque / puerto
7.3 La familiaridad con la declaración de protección marítima
7.4 Reporte de sucesos de protección
7.5 Ejecución de los procedimientos de protección

8. Preparación para emergencias, ejercicios y prácticas

8.1 La ejecución de los planes de contingencia
8.2 Ejercicios y prácticas de protección

9. Administración de la protección.

9.1 Documentación y registros.

 Ver ficha técnica curso OMI 3.26

 

Titulación de la Gente de mar. Circular DIMAR. No. CR-20150010

Es obligatorio certificar el curso modelo OMI 3.27 Formación en sensibilización sobre protección para toda la gente de mar (Security Awareness Training for All Seafarers) Para toda la Gente de mar tal acreditación deberá ser certificada par un centro de formación y/o capacitación reconocido par la Autoridad Marítima Nacional.

Si, además, tiene asignadas funciones de protección también debe certificar el curse modelo OMI 3.26 Formación sobre protección para la gente de marque tenga asignadas tareas de protección (Security Training for Seafarers with Designated Security Duties)

La Gente de mar en la categoría de Oficiales'', a efectos de su titulación, deberá. Certificar tanto el curse modelo OMI 3.27 como el 3.26, en ambos casos, por un centro de formación y/o capacitación reconocido par la Autoridad Marítima Nacional.

La Gente de mar en la categoría de "Oficiales" que certifiquen haber aprobado el curso modelo OMI 3.19 Oficial de protección del buque (Ship Security Officer), no se les exigirá ninguno de los cursos modelo OMI anteriores.

Circular DIMAR. No. CR-20150010 

Código PBIP, parte B, numeral 13.3.

13.3 Todo el personal de a bordo que tenga asignadas tareas específicas de protección debe tener suficientes conocimientos y capacidad para desempeñar adecuadamente dichas tareas, lo que puede requerir, por ejemplo:

.1 conocimiento de las tendencias y amenazas actuales en relación con la protección;

.2 reconocimiento y detección de armas y sustancias o dispositivos peligrosos;

.3 reconocimiento de las características y pautas de comportamiento de las personas que puedan suponer una amenaza para la protección;

.4 técnicas utilizadas para eludir las medidas de protección;

.5 técnicas de gestión y control de multitudes;

.6 comunicaciones relacionadas con la protección;

.7 conocimiento de los procedimientos de emergencia y los planes para contingencias;

.8 funcionamiento del equipo y los sistemas de protección;

.9 prueba, calibrado y mantenimiento en el mar del equipo y los sistemas de protección;

.10 técnicas de inspección, control y observación; y

.11 métodos para efectuar registros físicos de las personas, los efectos personales, los equipajes, la carga y las provisiones del buque.

  • Jesús Alberto Gutiérrez Reyes

    Docente

    Capitán de Navío (r) Jesús Alberto  Gutiérrez Reyes. Excomandante Submarino Oceánico ARC Pijao. Ingeniero Naval Electrónico. Especialista en Gerencia. Especialista en Administración de la Seguridad. Especialista en Gerencia de Recursos Humanos. Consultor de Seguridad Privada con Credencial de la SUPERVIGILANCIA. Más de trece años de experiencia en seguridad privada y protección marítima. Auditor Código PBIP. Auditor ISO 28000 – SGSCS.

  • Certificado

    Los alumnos que desarrollen y aprueben el curso se le expide un certificado que el alumno ha completado satisfactoriamente la formación de conformidad con lo dispuesto en la Regla VI/6 del “Convenio Internacional Sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978, STCW/78, enmendado y apto para desempeñar las funciones en la sección A-VI/6 del Código de Formación del mismo convenio, habiendo aprobado el curso modelo OMI 3.26 FORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN PARA LA GENTE DE MAR QUE TENGA ASIGNADAS TAREAS DE PROTECCIÓN (SECURITY TRAINING FOR SEAFARERS WITH DESIGNATED SECURITY DUTIES) .

    Las certificaciones de los Cursos OMI avaladas por Colombia tienen validez internacional según circular de la OMI No MSC.1/Circ.1163/Rev.8. 7 January 2013. INTERNATIONAL CONVENTION ON STANDARDS OF TRAINING, CERTIFICATION AND WATCHKEEPING FOR SEAFARERS (STCW), 1978, AS AMENDED.

    Los Certificados de Suficiencia serán expedidos por la autoridad marítima como refrendo de las certificaciones expedidas a la 'gente de mar', por un centro de formación y/o capacitación, donde se estipula que cumple con los requisitos pertinentes del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar - 1978, (STCW/78) en su forma enmendada.

     

  • Requisitos

    - Inscripción y pago previo del total del curso.

    - Firmar y enviar la constancia de la Circular fatiga. Requisito para tramites antes la autoridad marítima.

    - Los señores oficiales, tripulación y los aspirantes a convertirse en gente de mar, deben enviar copia del certificado médico internacional vigente.

    Nota 1. A partir del 1° de enero de 2014 se exigirá el Certificado médico de aptitud física para toda la Gente de mar. El certificado debe ser requerido por los Centros de Formación y Capacitación previo a la inscripción de los aspirantes a convertirse en Gente de mar. Resolución No. 140 DIMAR-2013, 26/03/13. Circular MD-DIMAR-SUBMERC No 29201300788. 13/11/13. Ver CERTIFICACIONES MÉDICAS DIMAR. 

    Los certificados médicos internacionales, deben cumplir con las regulaciones de la Organización Marítima Internacional en el STCW 78/ Enmendado.

    Los certificados médicos expedidos en Colombia serán verificados en la página web: http://cendiatra.com/consulta-de-certificados/

    Nota 2. Circular DIMAR. No. CR-20150010 Numeral 1. "La gente de mar, con títulos para navegación internacional, a la que se asigne tareas y responsabilidades de protección del buque, incluidas aquellas relativas a la prevención de la piratería y robo a mano armada, deberá certificar la formación contenida en el curso modelo OMI 3.26 Formación sobre protección para la gente de mar que tenga asignadas tareas de protección (Security Training for Seafarers with Designated Security Duties)".

     

  • Perfil

    Se supone que los que asistan a este curso serán profesionales del sector marítimo, portuario y seguridad privada, docentes de academias marítimas, marinos en servicio u otro personal de a bordo y personal de seguridad privada para prestar servicios de protección a bordo y es probable que tengan asignadas tareas de protección en relación con el Plan de Protección del buque.

Intensidad horaria:
Diez y media (10.5) horas académicas.

Modalidad e-learning (plataforma virtual):
Mínimo 1 (una) persona.
Plazo de uno (1) a cinco (5) días hábiles.

El curso está dividido en nueve módulos. Cada módulo está compuesto por una presentación, un vídeo con la explicación de la presentación, material complementario como documentación, vídeos y/o ejemplos que deben estudiarse. Cada módulo finaliza con una evaluación de conocimientos tipo cuestionario y/o una práctica tipo foro, tarea o taller.

Asincrónico. La plataforma está abierta las 24 horas del día y puede solicitar la consulta sobre la temática del curso con el docente en horas hábiles.

Modalidad e-learning (Vídeo conferencias Online):
Cupo mínimo doce (12) personas. 
Duración un (1) día hábil.

Video conferencias en vivo con el docente.

Modalidad presencial:

Duración un (1) día hábil.

Aplican restricciones para la cantidad de personas dependiendo del puerto. 

Se dicta en todos los puertos de Colombia y Latinoamérica

Nota. Aplican restricciones por la pandemia del COVID-19, la cantidad de personas y la logística dependiendo del puerto y del país donde se dicte la capacitación. La capacitación puede ser exclusiva para empresas.

Teamwork

¿Qué obtiene con este curso?

  •   Conocimiento y experiencia de nuestros docentes, los cuales cuentan con más de 13 años de experiencia en asesorías, consultorías y auditorías en protección marítima a Buques e Instalaciones Portuarias.

  • Asesoría académica sobre la interpretación del Código PBIP por parte de los docentes incluso después de terminado el curso.

  • Posibilidad de realizar su curso de manera virtual, en el momento en el que más le convenga. Somos pioneros en capacitación virtual para el sector marítimo en Colombia.

  •  Reciba conocimiento basado en acontecimientos reales y actualizados de las amenazas a la protección marítima.

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